CREACIÓN DE TU EMPRESA. ÁREA FISCAL Y PRINCIPALES IMPUESTOS.

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Parecía imposible, parece increíble, pero lo has hecho. Con esfuerzo, un buen plan de accion y siguiendo paso a paso los tramites iniciales, has puesto en marcha tu proyecto. A partir de este momento eres oficialmente empresario. Tienes tu propio negocio y debes centrarte en disfrutar de la aventura que acabas de emprender. Una de las formas de lograrlo es asegurarte de que tus obligaciones fiscales no te quiten el sueño.

Durante mis años como asesor he podido presenciar excelentes ideas que se han perdido en el olvido por el miedo a los impuestos, el papeleo, la burocracia, etc. Ahora bien, en esos momentos en los que la mayoría de gente caerá en el victimismo, es cuando deben levantarse los héroes.

Mantener al día tus impuestos puede parecer un dolor de cabeza de difícil tratamiento. No es así, para nada. El objetivo de esta entrada es que le pierdas el miedo al área fiscal de tu negocio.

Antes de aprender nuevos conceptos es importante desterrar los antiguos. Para lograr el éxito absoluto en tu proyecto es importante dejar de ver los impuestos como un trámite.

  • Solo es papeleo…
  • Si no lo hago me multan…
  • Y ahora pararme a hacer esto, con el trabajo que tengo…
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Estas y muchas mas expresiones del mismo estilo son las que se repiten cuando escuchamos hablar de impuestos. Por otra parte, como consultor empresarial he tenido el placer de encontrarme con negocios con un enfoque distinto. Negocios en los que el departamento encargado de esta labor generaba unos beneficios muy superiores a los demás.

Si has estado siguiendo nuestros entradas anteriores, entendemos que la figura por la que te has decidido es la del autónomo o freelance. Así pues, el primero de los impuestos a los que estas sujeto es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

 

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF)

Los impuestos se presentan rellenando formularios oficiales de la agencia tributaria. Desde la sede electrónica tenemos la posibilidad de acceder al listado de todos los modelos disponibles para presentar. El IRPF se declara con el modelo 130. Este formulario se presenta entre el día 1 y el 20 de los meses de Abril, Julio, Octubre y Enero.

Tras insertar los datos personales, las casillas 1 y 2, son las mas importantes. Se deben insertar los ingresos y los gastos respectivamente. Hay que tener cuidado porque este modelo, a diferencia de otros, es acumulativo. Esto quiere decir que si nos encontramos en el:

  • Primer trimestre, se deben declarar ingresos y gastos de los primeros tres meses.
  • Segundo trimestre, se deben declarar ingresos y gastos de los primeros seis meses (no de los segundos tres meses).
  • Tercer trimestre, se deben declarar ingresos y gastos de los primeros nueve meses.
  • Cuarto trimestre, se deben declarar ingresos y gastos de todo el año.

Una vez insertados los ingresos y gastos del periodo correspondientes rellenaremos la casilla 3 con la diferencia de ambas y la cuarta con el 20% del importe de la casilla 3.

Esa es en primera instancia la cantidad que le debemos a la agencia tributaria, pero el resto del modelo nos permitirá realizarnos algunas deducciones, como las cantidades declaradas en periodos anteriores o retenciones que nuestros clientes nos hayan practicado en nuestras facturas.

Pero hay un punto importante a tener en cuenta en este modelo. Para facilitar el camino en el futuro, es importante que prestemos atención a la casilla de los gastos. Aunque el modelo 130 nos solicita el importe total de gastos, es importante de los tengamos debidamente clasificados mediante una hoja de calculo o un programa de contabilidad.

Por otra parte, tal y como decíamos, las labores administrativas deben empezar a ser vistas como una herramienta que nos permita maximizar los beneficios. Esto nos será más sencillo si tenemos los gastos debidamente agrupados por categorías y podamos identificar cual de nuestras labores nos está haciendo incurrir en mayor desembolso.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA)

El impuesto sobre el valor añadido es uno de los que mayores quebraderos de cabeza trae. Pero no se debe a su dificultad, sino al desconocimiento que existe sobre este impuesto.

Antes de entrar a valorar hasta que punto debemos preocuparnos por entender este impuesto hay que atender a una serie de pasos previos.

  1. Asegurarnos de si nuestra actividad está sujeta a IVA o no.
  2. En caso de que así sea, averiguar cual es el porcentaje que debemos aplicar.

En el cobro y el pago de IVA, el ciudadano está actuando como recaudador de la agencia tributaria. Veamos un ejemplo.

  • Supongamos que nuestra actividad está sujeta a un 21% de de IVA.
  • Realizamos un servicio por valor de 100 euros. El IVA serian 21 euros. El valor total de la factura será de 100 + 21 =121.
  • Y este es el punto clave. El valor de nuestro servicio sigue siendo de 100 euros.Los 21 euros los cobramos, pero NO NOS PERTENECEN.
  • Si eso fuese todo al final del trimestre, deberemos declarar en el modelo trimestral de IVA 21 euros.
  • Ahora supongamos que realizamos un pago a un proveedor de nuestro negocio por valor de 50 euros.
  • El IVA que nos aplicara nuestro proveedor, suponiendo que este sujeto al mismo porcentaje, sera de 10,5 euros. El total de la factura serán 50 + 10,5 = 60,5.
  • En este nuevo escenario, deberemos declarar al final del trimestre 21-10,5=10,5 euros.

El problema suele venir cuando usamos el IVA cobrado para afrontar gastos. Esto nos da la sensación de que el IVA a pagar al final del trimestre es excesivo. La realidad es que si tomamos la precaución de dejar esta parte de la factura apartada, tendremos la sensación de que este impuesto es gratuito.

El IVA se declara trimestralmente con el modelo 303. No obstante, hay que recordar que este modelo no es acumulativo como el anterior.

¿Y SI MI ACTIVIDAD NO LLEVA IVA PERO LA DE MIS  PROVEEDORES SI?

Esa es otra situación que suele dar que pensar en el momento de emprender. Sigamos con el ejemplo de antes. Podrían darse dos situaciones.

  1. Si mi actividad es con IVA y la del proveedor tambien: En ese caso los 100 euros irán al modelo 130, casilla ingresos. Los 50 euros al modelo 130, casilla gastos, los 21 euros al modelo 303 casilla IVA Repercutido, y los 10,5 al modelo 303, casilla IVA Soportado.
  2. Si mi actividad es sin IVA y la del proveedor tambien: En ese caso, a la factura del proveedor se la denomina “gasto mayor”. Los 100 euros irán al modelo 130, casilla ingresos. Los 50 euros más los 10,5 al modelo 130, casilla gastos.

CUIDADO. Si trabajas con clientes o proveedores extranjeros, el IVA tiene un tratamiento diferente. No caigas en el típico error de pensar “Como no me ha puesto IVA en la factura, no debo declarar nada”. Eso no solo no es así, sino que es una de las actividades más vigiladas por parte de la agencia tributaria. Si vas a realizar una transacción de este tipo, PREGUNTAME y te diré como hacerlo.

CONCLUYENDO

Estos van a ser los dos impuestos principales con los que tendremos que lidiar a menudo si nos hemos decidido a emprender. Desde luego hay muchos más modelos. El tener obligación de presentarlos o no ya depende de casos o situaciones algo más concretas. Trataremos este tema en entradas posteriores. Es importante estar informados porque la situación del negocio podría cambiar. En tal caso las obligaciones fiscales cambiarían tambien. En este asunto hay que ser precavido y organizado, pues la no presentación de algunos de estos impuestos puede acarrear sanciones importantes. Si necesitas ayuda, te pueden interesar nuestros servicios de asesoria para autonomos y pymes.

Generalmente el importe de los impuestos suele ser percibido como una de las principales barreras de entrada cuando decidimos emprender. Perdemos horas e incluso días haciendo números. Nos obsesiona dar con una fórmula mágica que nos ayude a recortar esa cantidad que debemos dar al estado y que, en ocasiones, ni siquiera entendemos el por qué.

Y en especial, la parte que más duele es saber que en el fondo ese tiempo podríamos estar dedicándolo a otras cosas. Mejorar nuestro producto, captar nuevos clientes o asistir a una formación que mejore nuestra actividad son áreas de las que disfrutaremos mucho más.

Sentimos que nuestras obligaciones tributarias nos impiden alcanzar la mejor versión de nuestro proyecto. Pero la solución es mas sencilla de lo que parece.

Si queremos determinar nuestros impuestos para que no nos pillen por sorpresa y, a su vez, queremos que nos salgan los mas baratos posible, el concepto mas importante es LA PLANIFICACIÓN.

No debemos planificar ahora nuestras declaraciones respecto al año pasado o el trimestre pasado. Es absurdo rebuscar durante horas en los cajones del despacho para ver si encontramos una factura olvidada de hace dos meses que nos ayude a rebajar los impuestos en 5 euros.

Lo correcto es hacer planes ahora pensando en la declaración del periodo siguiente. Como buen emprendedor ya sabes que la fuente de tus decisiones no deben ser las notificaciones ni las promociones, sino unos datos y un razonamiento correcto. No te detengas ahora y sigue sembrando datos con el tercer y último paso para crear tu empresa.